Régimen / Estancia

ATENCIÓN RESIDENCIAL

Estancia Temporal: para procesos de respiro, necesidades de familiar… hasta 6 meses

En las unidades de atención residencial se contempla esta tipología de estancia para cubrir diversas necesidades que tienen las personas a nivel residencial con carácter temporal, ocasionadas por situaciones como ausencia del cuidador principal, respiro del cuidador principal, o similar. Las causas que pueden motivar esta necesidad de alojamiento temporal son diversas, pero su temporalidad debe ser como mínimo de 1 mes y hasta un máximo de 6 meses.

Estancia Prolongada: para procesos de atención y recuperación...duración indefinida

En las unidades de atención residencial se contempla esta tipología de estancia para personas que padecen una enfermedad mental que precisan de un alojamiento alternativo a la vivienda familiar debido a:

  • La necesidad de recibir tratamiento de recuperación y preparación para la vida autónoma sin precisar atención sanitaria continuada, pero sí un tratamiento de rehabilitación intensivo en régimen residencial.
  • La necesidad de un alojamiento residencial por no disponer de vivienda habitual y precisar de unos cuidados de rehabilitación, soporte y apoyo con mayor o menor nivel de intensidad según su situación.